Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres meter o sacar del país muestras de residuos peligrosos solo para hacer análisis, investigaciones o pruebas de manejo, no necesitas un permiso complicado. Solo tienes que entregar por escrito estos datos: tu nombre, RFC, dirección fiscal, teléfono, fax y correo; el nombre y características del residuo (como su peligrosidad y composición química); la cantidad exacta en kilos y por qué necesitas esa cantidad; para qué vas a usar la muestra; y el nombre de la empresa que la usará y dónde está su instalación. Con entregar esa información por escrito ya cumples con el requisito para que te autoricen la importación o exportación.

Texto oficial

Artículo 109.- Para obtener autorización para la importación o exportación de muestras de residuos peligrosos con el objetivo de llevar a cabo: análisis físicos o químicos, investigación o pruebas en procesos de manejo de residuos peligrosos, bastará con que el solicitante presente por escrito la siguiente información: I. El nombre, domicilio fiscal, registro federal de contribuyentes, teléfono, fax y correo electrónico del solicitante; II. El nombre del residuo peligroso, características de peligrosidad y la composición química; III. La cantidad del residuo peligroso expresada en kilogramos o su equivalente en otra unidad de medida y la justificación técnica para importar o exportar dicha cantidad; IV. La descripción del uso de la muestra de residuos peligrosos, y V. El nombre de la empresa usuaria del residuo peligroso y la ubicación de la instalación donde se usará la muestra.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.