Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Secretaría va a publicar unas reglas oficiales (normas oficiales mexicanas) para clasificar la basura que juntas en tu casa o en tu trabajo y que necesita un plan especial para manejarse. Esas reglas van a incluir listas de qué basura sí tiene que tener ese plan, cómo se hacen esas listas, y cómo se decide si algo se agrega o se quita cuando un estado o municipio lo pide. También van a definir qué tipo de plan aplicar según el tipo de basura, cómo controlarlo y qué pasos seguir para crearlo y ponerlo en marcha. Por último, las listas empezarán a valer desde la fecha que digan esas normas oficiales.
Texto oficial
Artículo 12.- Las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría para la clasificación de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial que estarán sujetos a planes de manejo, contendrán: I. Los criterios que deberán tomarse en consideración para determinar los residuos sólidos urbanos y de manejo especial que estarán sujetos a plan de manejo; II. Los criterios para la elaboración de los listados; III. Los listados de los residuos sujetos a planes de manejo; IV. Los criterios que se tomarán en cuenta para la inclusión y exclusión de residuos en los listados, a solicitud de las entidades federativas y municipios; V. El tipo de plan de manejo, atendiendo a las características de los residuos y los mecanismos de control correspondientes, y VI. Los elementos y procedimientos que deberán tomarse en consideración en la elaboración e implementación de los planes de manejo correspondientes. La vigencia de los listados de los residuos de manejo especial y sólidos urbanos sujetos a plan de manejo iniciará a partir de la fecha que determinen las normas oficiales mexicanas previstas en el presente artículo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.