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Ley
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
159

Artículo 159 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la autoridad te cita como presunto infractor y tú respondes por escrito aceptando lo que dice el acta de inspección, entonces la Procuraduría tiene 20 días hábiles para emitir su fallo. Es decir, una vez que admites la falta, el gobierno debe resolver rápido tu caso y decirte cuál es el castigo o la multa. Eso sí, solo cuentan los días entre semana, sin contar sábados, domingos ni días festivos.

Texto oficial

Artículo 159.- Cuando la autoridad emplace al presunto infractor y éste comparezca mediante escrito aceptando las irregularidades circunstanciadas en el acta de inspección, la Procuraduría procederá, dentro de los veinte días hábiles siguientes, a dictar la resolución respectiva.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 59) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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