- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
- Artículo
- 63
Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la autoridad se entera de que alguien está incumpliendo las reglas sobre residuos (por ejemplo, una empresa que contamina), tiene que iniciar un proceso legal para revisar el caso. Ese proceso se hace siguiendo los pasos que marca la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En pocas palabras, la Secretaría no puede suspender o quitar un permiso sin antes seguir un procedimiento formal.
Texto oficial
Artículo 63.- Cuando la Secretaría tenga conocimiento de alguna de las causas de revocación o suspensión señaladas en los artículos anteriores o en la Ley, iniciará el procedimiento administrativo correspondiente, el cual se tramitará conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-10-2014 26
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