Artículo 90 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que manejar residuos peligrosos tiene que hacerse siguiendo las reglas de la ley, el reglamento y las normas oficiales mexicanas que saque la Secretaría. Las empresas que ofrecen servicios de tratamiento deben revisar cómo van sus procesos y anotarlo en un cuaderno de operación que puedan revisar las autoridades cuando quieran. Los microgeneradores —es decir, negocios o personas que producen poca cantidad de estos residuos, como agujas o gasas contaminadas— pueden elegir el método que crean mejor para deshacerse de ellos de forma segura para que ya no sean peligrosos. Por último, esta sección habla sobre cómo desechar definitivamente los residuos peligrosos.
Texto oficial
Artículo 90.- Las actividades de tratamiento de residuos peligrosos se sujetarán a los criterios establecidos en la Ley, este Reglamento y las normas oficiales mexicanas que emita la Secretaría. Los prestadores de servicios de tratamiento deberán monitorear los parámetros de sus procesos y registrarlos en la bitácora de operación que deberá estar disponible para consulta de la autoridad competente. Los microgeneradores de residuos que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad aplicarán las formas de tratamiento que estimen necesarias para neutralizar dichos residuos y disponer de ellos finalmente. Sección V Disposición final de residuos peligrosos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.