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Ley
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
25

Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Sin importar si una víctima extranjera de trata de personas tiene papeles o no (sin importar su situación migratoria), la autoridad que atiende a víctimas debe darle los servicios de ayuda y protección que necesite. Eso significa que aunque no tenga documentos legales en México, tiene derecho a recibir apoyo.

Texto oficial

Artículo 25. Independientemente de la situación migratoria de una víctima u ofendido extranjero de los delitos en materia de trata de personas, la instancia competente de atención a víctimas intervendrá para que a estas se les proporcionen los servicios de Asistencia y Protección. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 23-09-2013 8 de 22

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 7) ↗

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