Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1007
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1007
Artículo 1007 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo estuvo vigente en el Código Civil, pero fue eliminado oficialmente el 9 de agosto de 1999. "Derogar" significa que la ley ya no tiene validez ni se aplica. Así que hoy en día no hay ninguna regla que seguir aquí. En pocas palabras, este artículo ya no sirve para nada legalmente.
Texto oficial
ARTICULO 1007.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.