- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1024
Artículo 1024 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1024 ya no existe, fue eliminado de la ley desde agosto de 1999. También se borró todo el capítulo sobre vinos al que pertenecía. Esto significa que no hay reglas actuales que aplicar aquí porque todo quedó anulado. En pocas palabras, es como si nunca hubiera estado vigente después de esa fecha.
Texto oficial
ARTICULO 1024.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO III Vinos (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.