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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1064

Artículo 1064 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1064 ya no existe. Fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, junto con todo el capítulo sobre bebidas destiladas. Esto significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica. En otras palabras, esa regla ya no está vigente y dejó de tener efecto hace muchos años.

Texto oficial

ARTICULO 1064.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO VII Bebidas Destiladas (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 92) ↗

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