Artículo 1088 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, fue anulado en 1999. Como fue derogado, ya no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por cumplirlo. Cuando una ley se deroga, es como si la hubieran borrado del libro de reglas.
Texto oficial
ARTICULO 1088.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.