- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1150
Artículo 1150 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 1150 ya no existe ni aplica porque fue eliminado oficialmente el 4 de febrero de 1998. Lo mismo pasó con todo el Capítulo III, que hablaba sobre drogas y sustancias que afectan la mente. En pocas palabras, esa parte de la ley ya no tiene validez legal. No te preocupes por entenderlo, porque no afecta ningún derecho u obligación actual.
Texto oficial
ARTICULO 1150.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998 CAPITULO III Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. (Se deroga) Capítulo derogado DOF 04-02-1998
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.