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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1186
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1186

Artículo 1186 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente del Código Civil el 4 de febrero de 1998. En términos legales, "derogado" significa que la ley ya no está vigente y no tiene ningún efecto. Por lo tanto, no debes tomarlo en cuenta para nada, ni para hacer un trámite ni para resolver un problema legal. Si alguna persona o documento te lo menciona, puedes decir que esa regla ya no existe.

Texto oficial

ARTICULO 1186.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 99) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.