- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1186
Artículo 1186 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente del Código Civil el 4 de febrero de 1998. En términos legales, "derogado" significa que la ley ya no está vigente y no tiene ningún efecto. Por lo tanto, no debes tomarlo en cuenta para nada, ni para hacer un trámite ni para resolver un problema legal. Si alguna persona o documento te lo menciona, puedes decir que esa regla ya no existe.
Texto oficial
ARTICULO 1186.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.