Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1208
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1208
Artículo 1208 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde 1998. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se aplica en la práctica.
Texto oficial
ARTICULO 1208.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998
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