- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1231
Artículo 1231 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Pues mira, este artículo dice que cualquier envase o recipiente que haya tenido sustancias tóxicas, ya sea solas o mezcladas con otras cosas, no se puede volver a usar para guardar alimentos o productos que la gente vaya a consumir, ni directa ni indirectamente. O sea, si un bote almacenó veneno o algo peligroso, ya no sirve para poner comida, agua, medicina o cualquier cosa que termine en tu cuerpo. Es para evitar que te enfermes por culpa de restos de esas sustancias. Así que la neta, si ves un tambo o frasco que fue de químicos, ni se te ocurra reutilizarlo para guardar lo que comes o bebes.
Texto oficial
ARTICULO 1231.- Los recipientes utilizados para contener sustancias tóxicas, solas o mezcladas, no podrán utilizarse posteriormente, para contener productos destinados al consumo humano, directo o indirecto. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE ACTIVIDADES, ESTABLECIMIENTOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-12-2004 104 de 125
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.