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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1246
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1246

Artículo 1246 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1246 ya no existe, está derogado desde el 9 de agosto de 1999, así que no aplica en ningún caso. Derogar significa que se eliminó de la ley y ya no tiene validez legal. Si encuentras este artículo en algún documento, ignóralo porque la ley ya no lo reconoce. Para cualquier situación actual, debes buscar otro artículo vigente.

Texto oficial

ARTICULO 1246.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 105) ↗

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