Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1246
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1246
Artículo 1246 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 1246 ya no existe, está derogado desde el 9 de agosto de 1999, así que no aplica en ningún caso. Derogar significa que se eliminó de la ley y ya no tiene validez legal. Si encuentras este artículo en algún documento, ignóralo porque la ley ya no lo reconoce. Para cualquier situación actual, debes buscar otro artículo vigente.
Texto oficial
ARTICULO 1246.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.