- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1267
Artículo 1267 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, es decir, no tiene efecto legal porque fue derogado (cancelado) el 9 de agosto de 1999. El título donde estaba hablaba sobre el envasado de productos, pero como se eliminó, ya no hay ninguna regla que aplicar aquí. En pocas palabras, no necesitas preocuparte por este artículo porque está fuera de la ley actualmente. Si buscas información sobre envasado, tienes que revisar otras leyes más recientes.
Texto oficial
ARTICULO 1267.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 TITULO VIGESIMO CUARTO Envasado de los Productos CAPITULO UNICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.