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Artículo 251 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 251 ya no existe en la ley, porque fue eliminado (derogado) desde el 9 de agosto de 1999. Eso significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no tiene ningún efecto. En México, cuando un artículo se deroga, se borra completamente del ordenamiento legal. Así que este artículo no te aplica ni te afecta de ninguna manera.

Texto oficial

ARTICULO 251.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.