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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/270
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
270

Artículo 270 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve. Fue eliminado del código o ley el 9 de agosto de 1999. "Derogar" significa que se canceló su validez, como cuando dejas de usar una regla porque ya no aplica. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no tiene ningún efecto legal. Nadie puede exigirte nada basado en este artículo hoy en día.

Texto oficial

ARTICULO 270.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 41) ↗

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