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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
305

Artículo 305 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe ni se usa. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por una reforma. El 9 de agosto de 1999 se quitó oficialmente, así que ya no tiene ningún efecto. En la práctica, no debes preocuparte por él porque no aplica a ninguna situación actual. Es como si nunca hubiera existido para cualquier trámite o problema legal.

Texto oficial

ARTICULO 305.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 43) ↗

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