- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 305
Artículo 305 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe ni se usa. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por una reforma. El 9 de agosto de 1999 se quitó oficialmente, así que ya no tiene ningún efecto. En la práctica, no debes preocuparte por él porque no aplica a ninguna situación actual. Es como si nunca hubiera existido para cualquier trámite o problema legal.
Texto oficial
ARTICULO 305.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.