- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 312
Artículo 312 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 312 fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no está vigente. "Derogar" significa que esa regla dejó de aplicarse, como cuando se cancela un permiso o se borra una norma del reglamento. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni te afecta de ninguna manera. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado ahí desde esa fecha.
Texto oficial
ARTICULO 312.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.