- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 335
Artículo 335 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 335 ya fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999, así que ya no tiene ningún efecto. "Derogar" significa que se retiró o canceló oficialmente, como cuando ya no aplica una regla. Por lo tanto, este artículo no te afecta ni te da ningún derecho u obligación actualmente. Básicamente, es como si nunca hubiera existido para lo que pasa hoy.
Texto oficial
ARTICULO 335.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.