Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/338
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 338
Artículo 338 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. "Derogar" significa que se canceló oficialmente, así que ya no tiene ningún efecto legal. Si encuentras este artículo en algún documento actual, no lo tomes en cuenta, pues no es válido.
Texto oficial
ARTICULO 338.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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