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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
381

Artículo 381 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Lo mismo pasó con todo el capítulo sobre el yogurt, que también se borró ese mismo día. En pocas palabras, ya no hay reglas especiales para el yogurt en esta parte de la ley.

Texto oficial

ARTICULO 381.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO XVI Yogurt (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 48) ↗

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