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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
410

Artículo 410 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se derogó este artículo, lo que significa que ya no está vigente ni puede aplicarse. Desde el 9 de agosto de 1999 dejó de existir en la ley. No debes tomarlo en cuenta para ningún trámite o situación legal porque ya no tiene validez.

Texto oficial

ARTICULO 410.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 50) ↗

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