Artículo 441 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Cuando una ley se deroga, es como si la borraran y ya no tienes que hacerle caso. Básicamente, lo que decía antes ya no aplica y no te afecta de ninguna forma.
Texto oficial
ARTICULO 441.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.