Artículo 448 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley en agosto de 1999. Cuando una ley dice "derogado", significa que esa regla ya no tiene validez ni efecto legal. En pocas palabras, no hay nada que cumplir porque el artículo fue borrado del código.
Texto oficial
ARTICULO 448.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.