Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/47
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 47
Artículo 47 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley oficialmente el 9 de agosto de 1999. Decir que está "derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Como si hubieran borrado esa regla para siempre, así que no tienes que preocuparte por cumplirla.
Texto oficial
ARTICULO 47.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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