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Artículo 488 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 488 ya no sirve, fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no es válido; es como si la ley lo hubiera borrado para siempre. No debes tomarlo en cuenta ni aplicarlo en ningún caso. Si alguien te habla de ese artículo, solo recuerda que ya no existe.

Texto oficial

ARTICULO 488.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.