Artículo 500 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, no hay ninguna regla que aplicar ni nada que cumplir con este artículo. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos.
Texto oficial
ARTICULO 500.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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