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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
525

Artículo 525 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo se deroga, significa que perdió su validez y ya no se aplica para nada. No tienes que preocuparte por él, porque legalmente es como si nunca hubiera estado ahí. Lo único que importa es que ya no tiene efecto en ningún trámite o situación.

Texto oficial

ARTICULO 525.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 57) ↗

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