Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/538
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 538
Artículo 538 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo estuvo vigente hasta el 9 de agosto de 1999 y fue eliminado de la ley. Desde esa fecha ya no tiene ningún efecto, como si nunca hubiera existido. No debes preocuparte por él, porque no te obliga ni te prohíbe nada actualmente.
Texto oficial
ARTICULO 538.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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