- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 581
Artículo 581 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 581 fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, según el Diario Oficial de la Federación (DOF). Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no es válido, como si lo hubieran borrado de la ley. Así que este artículo no aplica ni tiene ningún efecto legal desde esa fecha. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos.
Texto oficial
ARTICULO 581.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.