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Artículo 594 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Está derogado, es decir, fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Por lo tanto, ya no tiene ningún efecto legal y no debes tomarlo en cuenta.

Texto oficial

ARTICULO 594.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.