Artículo 621 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, lo eliminaron o derogaron el 9 de agosto de 1999. Cuando una ley se deroga, significa que se borra del todo y ya no hay que cumplirla ni tomarla en cuenta. Es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos.
Texto oficial
ARTICULO 621.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.