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Artículo 627 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 627 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Así que este artículo no existe más y no tienes que preocuparte por él. Es como si una regla antigua se hubiera borrado y ya no cuenta para nada.

Texto oficial

ARTICULO 627.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 64) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.