Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/670
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 670
Artículo 670 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. En términos legales, cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica para nada. Así que no te preocupes por él, es como si nunca hubiera existido actualmente.
Texto oficial
ARTICULO 670.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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