Artículo 682 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Se eliminó este artículo de la ley desde el 9 de agosto de 1999 y ya no tiene validez. Quiere decir que esa regla no aplica para nada actualmente, como si nunca hubiera existido. No tienes que preocuparte por cumplirla ni tomarla en cuenta.
Texto oficial
ARTICULO 682.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.