Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 682 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se eliminó este artículo de la ley desde el 9 de agosto de 1999 y ya no tiene validez. Quiere decir que esa regla no aplica para nada actualmente, como si nunca hubiera existido. No tienes que preocuparte por cumplirla ni tomarla en cuenta.

Texto oficial

ARTICULO 682.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.