Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/689
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 689
Artículo 689 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 689 ya no es válido; fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. "Derogar" significa que una norma se deja sin efecto, como si se borrara. Así que no tienes que preocuparte por él, porque ya no existe ni se aplica. En pocas palabras, ese artículo está muerto para el derecho.
Texto oficial
ARTICULO 689.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.