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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/699
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
699

Artículo 699 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 699 de la ley fue eliminado el 9 de agosto de 1999, según el Diario Oficial de la Federación (DOF). Cuando un artículo está derogado, significa que ya no es válido ni se aplica, como si nunca hubiera existido. Por lo tanto, no debes preocuparte por él, porque no tiene ningún efecto legal en la actualidad. Solo es un registro histórico de que antes existía, pero ya no sirve para nada.

Texto oficial

ARTICULO 699.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 68) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.