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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/713
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
713

Artículo 713 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se eliminó este artículo de la ley desde el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no está vigente ni se puede aplicar. Cuando un artículo se deroga, es como si nunca hubiera existido para efectos legales. Esto significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque la ley ya no lo considera válido.

Texto oficial

ARTICULO 713.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 69) ↗

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