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Artículo 725 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que fue eliminado oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Este artículo en específico se eliminó el 9 de agosto de 1999, así que no debes preocuparte por él. En la práctica, es como si nunca hubiera existido para cualquier situación actual.

Texto oficial

ARTICULO 725.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 69) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.