- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 738
Artículo 738 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 738 ya no existe. Está derogado, es decir, lo cancelaron oficialmente el 9 de agosto de 1999. Eso significa que ya no tiene ningún efecto legal. Lo mismo pasó con el capítulo donde estaba, que hablaba sobre alimentos envasados para bebés y niños pequeños. Desde esa fecha, ya no aplican esas reglas.
Texto oficial
ARTICULO 738.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO II Alimentos Envasados para Lactantes y Niños de Corta Edad (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999
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