Artículo 756 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, así que no tienes que preocuparte por él. Significa que lo que antes decía ya no aplica para ningún caso legal. Es como si esa regla nunca hubiera existido.
Texto oficial
ARTICULO 756.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.