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Artículo 756 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, así que no tienes que preocuparte por él. Significa que lo que antes decía ya no aplica para ningún caso legal. Es como si esa regla nunca hubiera existido.

Texto oficial

ARTICULO 756.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 71) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.