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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
828

Artículo 828 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, junto con todo el capítulo de cereales y el título sobre cereales, sus productos y harinas de leguminosas. En palabras simples, ya no existe, así que no tienes que tomarlo en cuenta para nada.

Texto oficial

ARTICULO 828.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 TITULO DECIMO QUINTO Cereales, sus Productos y Harinas de Leguminosas. (Se deroga) Título derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO I Cereales (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 76) ↗

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