Artículo 844 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde agosto de 1999. Cuando una ley se deroga, significa que se borra oficialmente y ya no tienes que hacerle caso. Lo mismo pasa con todo el capítulo sobre harinas de semillas de leguminosas secas y sus derivados: también está derogado desde la misma fecha. En pocas palabras, ni el artículo ni el capítulo existen legalmente hoy en día.
Texto oficial
ARTICULO 844.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO III Harinas de semillas de leguminosas secas y sus derivados (Se deroga) Capítulo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.