- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 886
Artículo 886 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999. En México, cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal. Es decir, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe en la práctica. Básicamente, es como si ese artículo nunca hubiera estado en la ley.
Texto oficial
ARTICULO 886.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.