Artículo 894 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 894 fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, así que ya no tiene validez. Cuando una ley se deroga, es como si se borrara del código y ya no debes tomarlo en cuenta. Esto significa que no hay ninguna regla que cumplir ni derecho que reclamar basado en ese artículo. En pocas palabras, ese artículo ya no existe legalmente.
Texto oficial
ARTICULO 894.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.