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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/899
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
899

Artículo 899 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 899 ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente por una ley publicada el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si nunca hubiera existido. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica en ningún caso. En pocas palabras, ya no es parte de la ley actual.

Texto oficial

ARTICULO 899.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 81) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.