Artículo 917 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue derogado, es decir, cancelado oficialmente desde el 9 de agosto de 1999. En México, cuando una ley se deroga, deja de tener efecto y ya no se aplica. Así que no te preocupes por entenderlo, pues ya no es obligatorio ni tiene validez legal.
Texto oficial
ARTICULO 917.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.