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Artículo 917 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue derogado, es decir, cancelado oficialmente desde el 9 de agosto de 1999. En México, cuando una ley se deroga, deja de tener efecto y ya no se aplica. Así que no te preocupes por entenderlo, pues ya no es obligatorio ni tiene validez legal.

Texto oficial

ARTICULO 917.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 82) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.