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Artículo 962 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, está derogado, es decir, fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, no hay ninguna regla que aplicar ni obligación que cumplir relacionada con este artículo.

Texto oficial

ARTICULO 962.- (Se deroga) REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE ACTIVIDADES, ESTABLECIMIENTOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-12-2004 85 de 125 Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 84) ↗

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